- ¿Cuáles serán los beneficios concretos para los usuarios?
- Bueno, estos son bastante evidentes; se podrían resumir en los principios que resumen la prestación de los servicios públicos y que se incluyen en el proyecto de Ley: a) Universalidad, ya que se concibe a la telecomunicación como un derecho fundamental de todos los habitantes, esencial para la pertenencia plena a la comunidad y un elemento básico del derecho a la libertad de expresión y comunicación. Por lo tanto, el objetivo de la prestación del servicio universal prevalece sobre toda cuestión de eficiencia económica. b) Continuidad, dado que la prestación del servicio debe ser ininterrumpida. c) Calidad, entendiendo que la prestación del servicio debe ser plena y con niveles de calidad de comunicación y procesamiento adecuados conforme a las tecnologías disponibles. d) Obligatoriedad, definida como la admisión técnica, operativa o económica no discriminatoria del solicitante, cuya contrapartida es el derecho subjetivo a ser admitido y la prestación posterior del servicio a favor del mismo. e) Regularidad, entendida como la prestación del servicio que corresponda en las modalidades, formas y horarios que estipule la respectiva licencia o permiso.
Ahora que el anteproyecto podría discutirse en el Congreso, las esperanzas se renuevan y la posibilidad de pensar en el fin de la brecha digital en Argentina ya no sería tan soñadora como hace un tiempo. Será cuestión que todas las partes involucradas piensen en qué es lo mejor para la vida de los ciudadanos
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